Con la crisis actual, las empresas se han dado cuenta de lo siguiente:
- El mundo es global, por lo que tener un buen producto no es la solución de todo, ni te garantiza el éxito o las ventas.
- Todas las empresas pretenden 2 cosas: crecer o subsistir. Nos encontramos en un mundo globalizado, por lo que tenemos que tener en cuente el exterior (vender o comprar en él, interactuar con él), tenemos que irnos fuera.
“Las empresas, o se diversifican o mueren”
Una vez aclarado que las empresas tienen que tener en cuenta el exterior y tratar con las empresas de otros países, surge una gran pregunta:
¿Si me voy al exterior como planteo mis operaciones?
No es preciso instalarse en otro para comerciar en él, se puede crear un entramado societario, por ejemplo.
Además, es importante saber distinguir entre estructuras y tener en cuenta el tratamiento fiscal. Por lo tanto, podemos considerar que sí es una decisión estratégica.
Otro factor a tener en cuenta a la hora comerciar en diferentes países será el de los impuestos.
“Es importante saber donde se fabrican las cosas, y tener cuidado con el transporte y el cliente”
Hay que tener en cuenta, a la hora de comerciar, cada peculiaridad de las ciudades. Por ejemplo, el caso de Campione es muy peculiar, ya que es una ciudad italiana pero no está dentro de la Unión Europea (al estar dentro de Suiza); Mónaco, por ejemplo, a efectos comerciales sí es Europa; en cambio Ceuta y Melilla no lo son. En conclusión, no hay que dar por sentado nada a la hora de comerciar.
Siguiendo con el tema de los impuesto, si el que compra, a la hora de comerciar entre países de la UE, es un particular pagará, si es una empresa no.
Si la venta se realiza desde España a un país tercero, la tributación por beneficios se efectuará en España, pero ¿y si uso estructuras externas como establecimientos fiscales o permanentes?
Cuando se usan estructuras será básico conocer si existe convenio de doble imposición entre España y el país donde radique el establecimiento permanente o filial.
Un factor muy importante cuando nos disponemos a comerciar entre diferentes países, son los diferentes convenios que existen entre cada país. Ahora está todo informatizado, por lo que hay que saber moverse entre los diferentes convenios. No todos los convenios son iguales, por lo que si alguna vez se va a trabajar en otro país, es muy recomendable, casi obligatorio, mirar bien su convenio.
A su vez, existe una lista con “países paraísos fiscales”, un país entra o sale de eta cuando firma con España un tratado con cláusula de compartir información.
Otro aspecto interesante que se trató fue dónde, o en qué país, se tiene que tributar.
Si vives más de 184 días en un país, ahí será donde tendrás que tributar, y en el caso de deportistas de élite o similares, se tendrá en cuenta la localización de sus necesidades vitales.
Por último, otro tema, o mejor dicho una pregunta planteada fue:
¿Y si vendo a una filial el precio importa?
Sí, habrá que tener en cuenta la normativa de precios de transferencia, se pretende evitar desplazamientos de bases imponibles. Existe un régimen de documentación exhaustivo y un régimen sancionador muy severo.