Consecuencias jurídico sanitarias de la crisis del covid 19

El pasado jueves día 1 de octubre la Asociación de derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana reunió en el Paraninfo de la Universidad CEU‑Cardenal Herrara a profesionales destacados del ámbito policial, sanitario, periodístico y jurídico para valorar las consecuencias jurídico sanitarias derivadas de la crisis de covid‑19.

Personal Sanitario.
Personal Sanitario.

La Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana  presidida por D. Carlos Fornes Vivas, tras su reciente reelección al frente de la misma, reunió el pasado jueves día 1 de octubre en el Paraninfo de la Universidad CEU‑Cardenal Herrera a eminentes profesionales del ámbito policial, sanitario, periodístico y jurídico donde se valoró el papel de los distintos agentes intervinientes durante la pandemia, así como las consecuencias jurídico sanitarias derivadas de las crisis del Covid-19.

¿Qué finalidad persigue la Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana?
Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana.
Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana.

La Asociación de Derecho Sanitario de la Comunidad Valenciana, fue fundada en el año 2015 con el objetivo de ofrecer a la comunidad sanitaria una formación jurídica a través de foros, encuentros y estudios relacionados con el Derecho Sanitario, la salud y su protección.

La Asociación presidida por el recientemente reelegido D. Carlos Fornes reúne a profesionales sanitarios y especialista jurídicos en esta materia, y mantiene una estrecha relación con los colegios profesionales sanitarios de la Comunidad Valenciana y con la Administración Pública.

¿Qué temas se han tratado durante la jornada «Consecuencias jurídico sanitarias de la crisis del Covid-10»?

Durante la jornada «Consecuencias jurídico sanitarias de la crisis del Covid-10» se han analizado temas tan importantes como:

  • El papel de los colegios profesionales durante la pandemia.
  • La necesaria transformación digital sanitaria con garantías de seguridad jurídica.
  • La función social del periodismo ante situaciones de alarma sanitaria.
  • Desde el ámbito jurídico, se ha analizado la perspectiva de las aseguradoras, la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas y la cobertura del profesional sanitario ante las posibles reclamaciones  por parte de los afectados tanto directos por el covid19, como son reclamaciones basadas en actos médicos de prevención, diagnóstico o atención de la enfermedad por acción u omisión, como indirectos tales como, falta de tratamiento  o retraso en las intervenciones por los protocolos de contención impuestos por el covid19.
¿Responsabilidad jurídica o exoneración de responsabilidad?.

A la crisis sanitaria y económica derivada del covid19 se une el resarcimiento de los perjuicios generados ante las reclamaciones judiciales interpuestas por los perjudicados por el covid19 y a la que deberán dar respuesta los juzgados y tribunales.

Las reclamaciones judiciales son muy diversas.

Estamos ante una etapa de incertidumbre, donde son muy diversos tanto los colectivos afectados, como las vías judiciales para el ejercicio de las acciones que puedan derivarse de esta situación, pese a la dificultad de analizar el alcance de la responsabilidad de los agentes implicados o la posible exoneración de responsabilidad por fuerza mayor, si es considerada la pandemia un supuesto imprevisible e inevitable  o por el contrario, habían indicios claros de que se iba a producir esta situación y se debió de prever la activación de recursos para al menos reducir el impacto producido.

Las reclamaciones habrán de contextualizarse no pudiendo adoptarse resoluciones genéricas.

Son los tribunales de justicia a quienes corresponde resolver las posibles acciones de responsabilidad derivadas de este marco de emergencia sanitaria, debiendo contextualizar las reclamaciones ante las circunstancias concretas del perjuicio reclamado, de los argumentos de cada una de las partes en el proceso, debiendo de ir a las reglas generales de la prueba para acreditar o no la relación de causalidad y la certeza en la concreción del nexo causal.

La jornada fue muy interesante por las intervenciones de los participantes y muy bien gestionada en el cumplimiento de los protocolos exigidos por la situación de pandemia.

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