Regulado el sello de las PYMES Innovadoras
El pasado 11 de Junio de 2015, se publicó en el BOE la regulación para la obtención del sello de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora y con ello, se creó y reguló el Registro de la Pequeña y Mediana Empresa Innovadora, por parte del Ministerio de Economía y Competitividad.
Este sello, se podrá otorgar a:
- Las empresas que hayan recibido financiación pública en los últimos tres años, sin haber sufrido revocación por incorrecta o insuficiente ejecución de la actividad financiada
- La empresas que haya demostrado su carácter innovador, mediante su propia actividad por disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación o por haber obtenido, en los tres años anteriores al ejercicio del derecho de bonificación, un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción a la que se refiere el artículo 35 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre sociedades.
- Las empresas que hayan demostrado su capacidad de innovación, mediante alguna de las siguientes certificaciones oficiales reconocidas por el Ministerio de Economía y Competitividad: Joven Empresa Innovadora (JEI), según la Especificación AENOR EA0043; Pequeña o microempresa innovadora, según la Especificación AENOR EA0047 ; Certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i».
El registro es gratuito para las empresas y los beneficios que pueden aportar se enmarca dentro de un eje prioritario: «Desarrollo de un entorno favorable a la I+D».
La administración destaca que es necesario avanzar en el desarrollo de nuevas medidas de contratación pública innovadora asociada a las actividades de I+D+i orientadas a los retos de la sociedad con objeto de fortalecer el papel impulsor en materia de innovación de la Administración Pública.